La concesión de la libertad provisional a los cinco miembros de La Manada ha provocado una gran polémica. Aquí no vamos a entrar a valorar este caso concreto y sus repercusiones. Solo a explicar en qué consiste esta figura legal y en qué se diferencia de la libertad condicional.
La libertad provisional, también llamada libertad bajo fianza, es una medida legal recogida en el artículo 528 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que solo puede concederse a las personas encausadas, para poner fin a la llamada prisión preventiva. En el caso de los miembros de La Manada ya hay una condena, pero como está pendiente de recurso se les ha seguido considerando como encausados. Y este es uno de los puntos que seguramente va a generar más polémica. De haber sido firme la sentencia, su puesta en libertad solo habría sido posible aplicando la llamada libertad condicional, que se concede a los reos condenados después de haber cumplido una serie de requisitos, entre ellos el haber cumplido las dos cuartas partes de la pena que les ha sido impuesta.
Volviendo a la libertad provisional, la concesión de esta medida va siempre ligada a la imposición de una fianza, que se fija en función de las condiciones de cada encausado y del delito del que se le acusa. Y va acompañada de varias obligaciones, entre ellas la de acudir en determinadas fechas al juzgado más cercano, y la prohibición de abandonar el territorio español. En algunos casos, se puede decretar la retirada del pasaporte del acusado. Pero el tribunal puede imponer otras obligaciones, como la de mantener el alejamiento de determinados lugares y personas. En el caso de La Manada, se les ha impuesto la prohibición de acercarse a la Comunidad de Madrid y de contactar con su víctima.
Según el artículo 539, la libertad provisional puede revocarse y concederse tantas veces como el tribunal lo estime necesario, es decir, el acusado puede volver a entrar en prisión si así lo decreta un juez, aunque pasado un tiempo tiene opción de volver a solicitar esta medida. Y en el caso de que violase alguna de las condiciones impuestas por el tribunal, perdería el importe de la fianza.
Vicente Fernández López