Hoy día está permitido tener casi cualquier animal que no esté protegido y que tenga en regla sus papeles del convenio internacional que regula el tráfico y posesión de especies, CITES (Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres).
A partir de ahí, afinar el catálogo de especies y normas es difícil, ya que intervienen legislaciones estatales y autonómicas, y finalmente, bandos municipales. Desgraciadamente, es relativamente fácil hacerse en internet o en el comercio internacional con un lince boreal, un águila real o un tigre, y tenerlo en una finca o jardín.
Un ejemplo concreto: un pollo de avestruz para mascota puede costar unos 40 euros. Para poseerlo y criarlo hay que convertir el lugar en núcleo zoológico, con la supervisión de veterinarios y agentes de la Administración que le exigirán multitud de papeles y permisos. Todos estos requisitos están dirigidos a velar por el bienestar del animal (muy someramente), los peligros de convivir con él y la salubridad de dueños y vecinos.
Las normas regulan tamaños, distancias y otras condiciones que deben cumplir las jaulas o recintos donde se críe. Obviamente, las leyes son muy diferentes para granjas y zoológicos.
Redacción QUO
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