Según la legislación española, las cajas no son empresas con ánimo de lucro, y tienen la obligación de dedicar parte de sus ganancias a obra social (educación, cultura…), pero deben guardar al menos la mitad de su capital como reserva. Los bancos son sociedades con ánimo de lucro y su objetivo es repartir beneficios entre sus accionistas.
Redacción QUO
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