«Que no sea tan fea que espante, ni tan flaca que mortifique, ni tan gorda que empalague… Que no sea salidona ni visitona, que no tenga correspondencia con frailes…”. Estas capitulaciones matrimoniales con las que Francisco de Quevedo quiso parodiar la sociedad de la época, 400 años atrás, no nos alejan demasiado de la forma casi caricaturesca de entender un acuerdo prematrimonial que tienen hoy personajes como Donald Trump: “Hay tres tipos de mujer. La que de verdad ama a su marido y se niega a firmar el acuerdo prematrimonial por principios. Muy loable, pero no la quiero. La segunda es la que lo tiene todo calculado y solo quiere sacar tajada del idiota con el que se va a casar. La tercera es la que se conforma y acepta porque prefiere el pelotazo rápido”. Eso es lo que bramó el presidente de Estados Unidos antes de exigirle a su esposa Melania acatar por contrato que, en caso de divorcio, su emporio seguirá siendo suyo, aparte de otras lindezas, como discreción en público y tres sonrisas cómplices diarias.
La petición de cláusulas que comprometen a no publicar confidencias en las redes ha subido un 80 %
¿Son este tipo de contratos los que firman las parejas si quieren dejar todo atado antes de darse el ‘sí quiero’? No, y menos aún en España. “En general, los acuerdos prematrimoniales regulan la administración y reparto de los bienes adquiridos durante el matrimonio, dejando poco resquicio a la imaginación o a la libre configuración”, explica el abogado Marcos García-Montes. Poco tienen que ver con las excentricidades que acostumbra a servirnos la crónica rosa. La modelo polaca Joanna Krupa incluyó en el suyo una cláusula que obligaba a su marido, Romain Zago, a mantener relaciones sexuales al menos tres veces por semana. Madonna aprovechó su acuerdo para prohibir gritos a su marido, Guy Ritchie, y exigirle varias horas de estudio de la cábala.
“En España, simplemente se puede elegir entre uno de los tres sistemas existentes de sociedad económico matrimonial: gananciales, separación de bienes o régimen de participación. En la mayoría de las Comunidades españolas se aplica por defecto el régimen de gananciales. Solo en Cataluña e Islas Baleares rige la separación de bienes. Las capitulaciones –así lo llamamos aquí– más comunes son las que fijan las normas que regularán la relación económica del matrimonio con el fin de proteger un patrimonio o el régimen jurídico de una empresa. “El único requisito es que haya un acuerdo mutuo y acudan a un notario para que autorice la escritura pública, que deberá inscribirse en el Registro Civil”, añade García-Montes. De acuerdo con el Centro de Información Estadística del Notariado, el 24 % de las parejas optan por firmar capitulaciones y en su mayoría establecen separación de bienes de los cónyuges. Su precio, unos 80 euros. En cuanto al pago de pensiones de alimentos a los hijos, compensatorias o indemnizaciones al cónyuge en caso de divorcio, aunque se incluyan en la capitulación, llegado el momento el juez tendría la última palabra.
La fidelidad, caballo de batalla
En nuestro país no es habitual añadir cláusulas confusas, inútiles o estrafalarias. Aun así, no faltan quienes tratan de obtener un acuerdo al estilo de Michael Douglas, que se comprometió a pagar a su esposa Catherine Zeta-Jones una compensación de cinco millones de dólares si recaía en su adicción al sexo. Javier Pérez-Roldán, presidente de la Asociación Europea de Abogados de Familia, relata el caso de una mujer que llamó a su despacho con la idea de pactar que, en caso de que su marido le fuera infiel, ella se quedaría con todo el patrimonio. “Pretendía que tal acuerdo se elevara en escritura pública. El marido no se oponía, siempre y cuando se estableciera lo mismo en caso de que la infiel fuera ella”. La pretensión de la futura esposa quedó en agua de borrajas, y, aunque se hubiera firmado, no habría tenido ningún valor en caso de separación o divorcio.
El asunto de la fidelidad es la cláusula que más trifulcas causa en los despachos que asesoran a las parejas. En Estados Unidos, por ejemplo, el contrato prematrimonial puede incluir la prueba de detección del RS334, el mal llamado ‘gen de la promiscuidad’, para saber si el pretendiente es portador. Algunos profesionales pronostican que hacia 2020 habrá llegado a otros países, por ejemplo, Suecia.
Por unos 80 euros, el 24 % de las parejas españolas firma capitulaciones. La mayoría lo hace para cambiar el régimen a separación de bienes
Lo que parece claro es que los acuerdos prenupciales se están volviendo cada vez más populares y animados. En nuestro país, la actividad notarial relacionada con la vida amorosa creció un 21% en 2016 y el 84 % de los actos realizados ante notario por asuntos de pareja correspondió a capitulaciones matrimoniales, la mayoría para hacer separación de bienes y solo un 5 % para cambiar a un régimen de gananciales. En opinión de Pérez Roldán, el incremento de firma de capitulaciones para introducir la separación de bienes tiene que ver con la incorporación de la mujer al mundo laboral.
Los padres son muchas veces los propulsores. Así ocurre en Australia y Reino Unido, donde los progenitores condicionan cada vez más la ayuda económica a la pareja a la firma de un acuerdo prenupcial. Hablamos de la generación del baby boom (nacida alrededor de 1960), cuyo nivel de riqueza no parece que vaya a repetirse en sus hijos, dadas las condiciones laborales actuales, según la web de noticias Business Insider. Quieren asegurarse de que sus inversiones no se perderán si su retoño se divorcia.
La generación millennial, sobre todo en Estados Unidos, no concibe un enlace sin contrato previo. Pero su motivación está lejos de salvaguardar la fortuna familiar, según Randall Kessler, autor de una encuesta realizada por la Academia Estadounidense de Abogados Matrimoniales. Más acostumbrados a las apps, las redes y sus likes que a la estabilidad laboral, estos jóvenes tienen mayor interés en su vida virtual que en la planificación de sus posesiones. Por eso, sus disputas a la hora de firmar un acuerdo prematrimonial se centran a menudo en la protección de la propiedad intelectual. Un pensamiento, una idea que promete ser rentable, una composición musical, una aplicación, un guion o un concepto tecnológico aún sin ejecutar.
Otra práctica creciente es comprometerse antes de casarse a no publicar información íntima, embarazosa o confidencial en las redes sociales durante el matrimonio y tampoco en caso de divorcio. Según un sondeo de la Academia Estadounidense de Abogados Matrimoniales, la petición de este tipo de cláusulas ha crecido un 80 % en los últimos años. En caso de incumplimiento, generalmente se impone una multa económica.
¿Deberíamos perder el miedo a regular nuestros recelos antes de pasar por el altar, aunque no seamos ni ricos ni famosos? ¿Sería buena una legislación más condescendiente con nuestros desvelos prenupciales? Es verdad que, en más de una ocasión, este tipo de negociación precipita la ruptura. Se dice que las disputas entre Brad Pitt y Angelina Jolie empezaron el día en que tuvieron que decidir el contenido de su acuerdo prematrimonial. ¿Separación de bienes o gananciales? El asunto les sobrepasó. Aún hace falta mucho debate. El juez de la Corte Suprema del Reino Unido lord Wilson de Culworth sugirió recientemente un cambio urgente en la legislación que adapte los contratos prematrimoniales a las nuevas necesidades y los haga más vinculantes. En su país aún no lo son.
La opinión de Pérez-Roldán es que favorecen la armonía matrimonial, puesto que eliminan esa incertidumbre habitual cuando la pareja no va bien. “Los contratos prenupciales son muy positivos, pues establecen un sistema de reparto de bienes y de cargas económicas derivadas del matrimonio más justo y adaptado a cada caso. Se firman cuando la relación afectiva es inmejorablemente buena, por lo que a la hora de llegar a compromisos no se mezclan cuestiones que suelen desequilibrar las negociaciones, como rencores, celos y reproches. Además, evitan el uso de los hijos como arma arrojadiza”.