En España, es el Reglamento de Circulación Aérea el que regula la altitud a la que las aeronaves deben sobrevolar un núcleo urbano. La normativa prescribe que los aviones pasen a una altura mínima de 1.000 pies (unos 300 metros) del punto más elevado situado en un radio de 600 m.

Esta normativa se ajusta a acuerdos internacionales, pero no se cumple por igual en todos los lugares. En sitios como Hong Kong, donde el antiguo aeropuerto estaba situado casi dentro del núcleo urbano, hubo que habilitar pasillos aéreos, por los que los aviones cruzaban la ciudad a una altura inferior a 100 metros. Eso sí, no podían salirse de ellos.

Redacción QUO