El llamado «Tratado del Espacio Exterior» de Naciones Unidas establece que la propiedad de los objetos lanzados al espacio no se modificará con motivo de su paso por el espacio, así que el edificio pertenecería a su propietario, bajo el control y la responsabilidad del Estado que haya registrado el lanzamiento.
Además, aunque el «Tratado lunar» de 1979 pretendía establecer limitaciones a las actividades en la Luna y los restantes cuerpos celestes, a estas alturas solo ha sido ratificado por quince países, ninguno de los cuales cuenta con capacidad para lanzar misiones a la Luna, así que en la práctica el edificio solo se regirá por las leyes del país al que pertenezca su propietario.
*Pregunta realizada por @yorslam y contestada por el abogado @FerFrias para #Quonectados nº 216.
Redacción QUO
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